¿Cómo recibir y gestionar comprobantes electrónicos en tu buzón?
Recibe tus facturas de venta, notas débito y notas crédito electrónicas directamente en tu buzón. Con Alegra puedes generar acuses, confirmar recepciones y registrar aceptaciones o rechazos ante la DIAN de forma simple y segura.
👉 Índice
⚙️ ¿Cómo configurar el buzón electrónico?
Para generar eventos de acuse de recibido, recepción del bien o servicio y aceptación o rechazo, primero debes configurar el buzón electrónico en Alegra.
🔎 Configura el buzón de recepción de comprobantes electrónicos.
📌 Nota: Esta configuración es necesaria para poder enviar eventos a la DIAN desde tu cuenta.
📋 ¿Cómo generar acuses de recibido?
1. Ve a Gastos > Recepción de comprobantes.
2. Ubica el comprobante que deseas acusar. Luego, en la columna Respuesta DIAN, > Seleccionar > Generar acuse.
3. Completa el formulario con los datos de la persona que recibió la factura > Generar acuse.
💡 Nota: Después de generar el acuse, debes confirmar la recepción del producto o servicio.
🎯 ¿Cómo confirmar la recepción del bien o servicio?
1. Ve a Gastos > Recepción de comprobantes.
2. Ubica el comprobante que deseas confirmar. Luego, en la columna Respuesta DIAN > Acusado > Confirmar recepción.
3. Completa el formulario con los datos de la persona que confirma la recepción de la mercancía y haz clic en Confirmar recepción.
✅ ¿Cómo aceptar o rechazar documentos electrónicos?
1. Ve a Gastos > Recepción de comprobantes.
2. Ubica el comprobante que deseas aceptar o rechazar. Luego, en la columna Respuesta DIAN > Confirmado > Aceptar o Rechazar documento.
3. Haz clic en Confirmar para guardar.
⚡ Acciones rápidas disponibles
En la sección Acciones rápidas también puedes:
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Descargar el XML del documento.
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Descargar el PDF.
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Ver detalle del comprobante, incluyendo el historial desde su emisión.
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Actualizar eventos para sincronizar con la DIAN y validar los eventos registrados.
💬 ¿Cómo consultar el buzón de correo?
1. Ve a Gastos > Recepción de comprobantes > Buzón.
📌 ¿Cuáles son los aspectos legales y restricciones?
⏱️ Plazo de aceptación o rechazo
📢 Importante: Según el inciso 3 del art. 773 del Código de Comercio, modificado por el art. 86 de la Ley 1676 de 2013:
Si transcurren 3 días continuos después de recibir la factura y no se realiza aceptación o rechazo, se considera que existe aceptación tácita del documento. En este caso, la factura no podrá ser afectada con notas de crédito.
⚠️ Limitaciones según el tipo de usuario
Usuarios no facturadores electrónicos o con otro proveedor tecnológico:
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Reciben facturas de compra en el buzón.
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Pueden convertirlas en facturas de proveedor.
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No pueden enviar eventos a la DIAN (acuse, confirmación, aceptación o rechazo).
Para tener acceso completo a todas las funcionalidades:
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Debes ser facturador electrónico.
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Debes tener a Soluciones Alegra S.A.S. como proveedor tecnológico.
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