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¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento en nómina electrónica?

Con Alegra Nómina puedes emitir tu nómina electrónica a tiempo y evitar las sanciones que establece la DIAN para quienes incumplan con esta obligación. La Resolución 000013 del 11 de febrero de 2021 introdujo los elementos esenciales que rigen el proceso de generación de nómina electrónica.

👉 Índice

  1. ⚠️ ¿Cuál es la sanción por no enviar la nómina electrónica a tiempo?
  2. 💰 ¿Hay descuentos aplicables a las sanciones de nómina electrónica?
  3. ✏️ ¿Las correcciones a la nómina electrónica generan sanciones?

⚠️ ¿Cuál es la sanción por no enviar la nómina electrónica a tiempo?

De acuerdo con el art. 616-1 del Estatuto Tributario, la nómina electrónica hace parte integral del sistema de facturación electrónica. La no transmisión del documento los primeros 10 días hábiles del mes siguiente del pago o abono en cuenta dará lugar a la sanción del art. 651 del Estatuto Tributario.

La multa no podrá superar los 7.500 UVT y se fijará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

Porcentaje

Criterio

1%

De las sumas respecto de las cuales no se suministró la información exigida.

0,7%

De las sumas respecto de las cuales se suministró en forma errónea.

0,5%

De las sumas respecto de las cuales se suministró de forma extemporánea.

📌 Nota: Cuando no sea posible establecer la base para tasar la sanción o la información no tuviere cuantía, la sanción será de 0,5 UVT por cada dato no suministrado o incorrecto hasta un tope máximo de 7.500 UVT.

📢 Importante: Si no emites la nómina electrónica a tiempo, no podrás descontarte este valor como costo, renta exenta, deducción, descuento, pasivo, impuesto descontable o retención, según el caso. La información requerida debe conservarse y mantenerse a disposición de la Administración Tributaria.

En caso de que la sanción se imponga mediante resolución independiente, previamente se dará traslado de cargos a la persona o entidad sancionada, quien tendrá un término de un mes para responder.

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💰 ¿Hay descuentos aplicables a las sanciones de nómina electrónica?

De acuerdo con el art. 651 del Estatuto Tributario, podrás aplicar a los siguientes descuentos:

Descuento

Criterio de reducción

50%

Si la omisión es subsanada antes de que se notifique la imposición de la sanción.

70%

Si la omisión es subsanada dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en que se notifique la sanción.

📍 Nota: Si el contribuyente subsana voluntariamente las faltas antes de que la DIAN imponga cargos, podrá obtener un descuento adicional del 10%.

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✏️ ¿Las correcciones a la nómina electrónica generan sanciones?

Las correcciones a la nómina electrónica no serán objeto de sanción, siempre y cuando se realicen antes del vencimiento del plazo de su presentación.

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