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¿Cuáles son los tipos de contrato en Alegra Nómina?

En Alegra Nómina puedes elegir diferentes contratos al crear a tus empleados. Conoce en qué casos usar cada uno, según el Código Sustantivo del Trabajo y la normativa laboral vigente.

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👉 Índice

  1. 📅 ¿Qué es un contrato a término fijo?
  2. ♾️ ¿Qué es un contrato a término indefinido?
  3. 🛠️ ¿Qué es un contrato por obra o labor?
  4. 🎓 ¿Qué es un contrato de aprendizaje?
  5. 🎒 ¿Qué son las prácticas o pasantías?

        1. 📅 ¿Qué es un contrato a Término fijo?

        📌 Regulado por el art. 46 CST.

        • Debe establecerse por escrito con inicio y fin.

        • Puede celebrarse hasta por tres (3) años y es renovable, siempre que se formalice por escrito.

        • Si ninguna de las partes desea renovarlo, debe avisar por escrito con al menos 30 días de anticipación a su vencimiento.

        🔎 Todo sobre el Contrato a Término Fijo en Alegra Nómina.

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        2. ♾️ ¿Qué es un contrato a Término indefinido?

        📌 Regulado por el art. 47 CST.

        • No tiene fecha de finalización.

        • Puede terminar en cualquier momento.

        • El empleador necesita justa causa, o debe indemnizar.

        • El trabajador puede renunciar con 30 días de aviso.

        🔎 Todo sobre el Contrato a Término Indefinido en Alegra Nómina.

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        3. 🛠️ ¿Qué es un contrato por obra o labor?

        • Finaliza cuando concluye el trabajo contratado.

        • No depende de una fecha específica.

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        4. 🎓 ¿Qué es un contrato de Aprendizaje?

        • Tiene naturaleza de contrato laboral especial, regulado por el Código Sustantivo del Trabajo.

        • Intervienen: aprendiz + empresa + entidad autorizada.

        • Puede celebrarse hasta por un máximo de tres (3) años, incluyendo las fases de formación.

        📌 Normativa: Artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la reforma laboral.

        🔎 Todo sobre el Contrato de Aprendizaje en Alegra Nómina.

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        5. 🎒 ¿Qué son las Prácticas o Pasantías?

        • Convenio entre universidad y empresa.

        • No se considera relación laboral.

        • La empresa no está obligada a pagar (puede dar auxilios).

        • La afiliación a seguridad social depende del tipo de práctica y de la institución educativa que la gestione.

        • Máximo 2 años, según programa académico.

        📍 Aplica para estudiantes de programas técnicos, tecnológicos y universitarios.

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