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¿Cuáles son las sanciones y multas que puede imponer la DGII por incumplimiento? - República Dominicana

Es importante conocer las consecuencias de no cumplir con tus obligaciones tributarias o normativas. En este artículo descubrirás cuáles son las sanciones más comunes de la DGII, verás ejemplos públicos y aprenderás cómo evitarlas para mantener tus operaciones en regla. Además, conocerás cómo Alegra te ayuda a cumplir con estos requisitos de forma sencilla y segura

👉 Índice

  1. 💰 ¿Qué sanciones puede imponer la DGII por incumplimiento tributario?

  2. 📝 ¿Cuáles son las infracciones más frecuentes que cometen los contribuyentes?

  3. ⚡ ¿Qué consecuencias trae no cumplir con la facturación electrónica?

  4. ⚖️ ¿Qué sucede al incumplir la Ley 155‑17 contra el lavado de activos?

  5. 🟢 ¿Hay amnistía fiscal vigente en República Dominicana?

  6. 📉 ¿Bajaron los recargos por mora tributaria?

💰 ¿Qué sanciones puede imponer la DGII por incumplimiento tributario?

La DGII puede imponer varias sanciones a contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones. Entre las más comunes están:

  • Multas económicas: van desde 5 hasta 30 salarios mínimos, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.

  • Sanciones accesorias: suspensión de concesiones, privilegios o prerrogativas, clausura de locales o suspensión temporal de actividades.

  • Recargos e intereses: aplicables cuando hay pagos tardíos de impuestos.

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📝 ¿Cuáles son las infracciones más frecuentes que cometen los contribuyentes?

Algunas de las infracciones más comunes incluyen:

  • No presentar declaraciones a tiempo.

  • Omisión de ingresos o información en reportes fiscales.

  • No emitir comprobantes electrónicos correctos.

  • Incumplimiento de deberes formales relacionados con la remisión de información a la DGII.

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⚡ ¿Qué consecuencias trae no cumplir con la facturación electrónica?

No emitir correctamente facturas electrónicas también tiene consecuencias:
  • Multas económicas por no cumplir con los NCF electrónicos.

  • Posible suspensión de autorización para emitir facturas.

  • Riesgo de clausura temporal del establecimiento si las infracciones son graves o reiteradas.

Estas medidas buscan garantizar la transparencia fiscal y evitar errores o fraudes en la emisión de comprobantes.

🔎Categorías y tipos de infracciones y sanciones por incumplimiento en la facturación electrónica

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⚖️ ¿Qué sucede al incumplir la Ley 155‑17 contra el lavado de activos?

Además de las obligaciones tributarias, incumplir la Ley 155-17 tiene sanciones adicionales:

  • Multas administrativas que pueden ir desde cientos de miles hasta millones de pesos dominicanos.

  • Inhabilitación de actividades financieras o comerciales.

  • Penas privativas de libertad que pueden ir desde 2 hasta 20 años, relacionadas con delitos de lavado de activos.

  • En casos graves o con dolo: sanciones penales, decomiso de bienes y multas significativas.

Cumplir con tus obligaciones es clave para evitar sanciones, multas y problemas legales. Conocer las infracciones más comunes y sus consecuencias te permite mantener tu negocio seguro y en regla, evitando gastos innecesarios y riesgos legales.

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🟢 ¿Hay amnistía fiscal vigente en República Dominicana?

Sí. La Ley 30-26 (Art. 8), promulgada el 18 de junio de 2026, estableció una amnistía fiscal vigente hasta el 31 de diciembre de 2026. Si tienes deudas tributarias pendientes con la DGII, esta es tu ventana para regularizarte con condiciones especiales.

  • ¿A quiénes aplica?
    • Contribuyentes con deudas en litigio ante la DGII o el Tribunal Contencioso Tributario.
    • Contribuyentes morosos confirmados con deudas notificadas.
    • Contribuyentes con declaraciones juradas omitidas (impuestos no declarados).
  • ¿Cuánto pagas?

Solo debes pagar:

    • ✅ El impuesto adeudado (capital)
    • ✅ Hasta 1 año de recargos e intereses, sin importar cuántos años lleve la deuda

El resto de los recargos acumulados queda condonado.

  • ¿Puedes fraccionar el pago?

Sí. Se puede fraccionar en hasta 12 meses mediante un acuerdo de pago con la DGII (pagando el 15% inicial más garantías, según el nuevo Art. 17-1 del Código Tributario).

📢 Importante: El plazo vence el 31 de diciembre de 2026. No hay indicios de prórroga. Si tienes deudas pendientes, consulta con tu asesor fiscal antes de que venza.

💡 AlegraTip: Usa esta oportunidad para revisar si tienes declaraciones omitidas o pagos atrasados de ITBIS, ISR u otros impuestos. El costo de regularizarse ahora es significativamente menor que el de una auditoría posterior.

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📉 ¿Bajaron los recargos por mora tributaria?

Sí. La Ley 30-26 (Art. 7) redujo los recargos por mora tributaria de forma significativa:

Descuentos adicionales por pronto pago voluntario

La nueva ley también establece descuentos sobre los recargos acumulados si el contribuyente se regulariza:

📍 La nueva tasa del 3% aplica sobre los períodos de mora desde el 18/06/2026. Los recargos acumulados antes de esa fecha se calcularon con la tasa anterior del 10%.

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