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Solicita tus NCF para generar tus comprobantes fiscales, electrónicos o tradicionales

Los NCF (Números de Comprobante Fiscal) son códigos únicos y secuenciales que asigna la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a los contribuyentes que deben emitir comprobantes fiscales válidos, ya sea en formato electrónico o impreso.

En este artículo conocerás cómo solicitarlos de manera sencilla para que puedas generar tus facturas con total cumplimiento y seguridad.

Comprobantes no electrónicos Comprobantes electrónicos
DOM_CF DOM_ECF

🔎 Conoce la estructura de tus comprobantes fiscales.

Cómo solicitar comprobantes fiscales

Sigue estos pasos:

1. Ingresa a la oficina virtual de la DGII e inicia sesión con tu usuario, contraseña y tarjeta (opcional).

2. En el menú “Solicitudes”, selecciona la opción “Comprobantes fiscales”.

3. Completa la información solicitada y haz clic en “Agregar”.

4. Haz clic en “Enviar solicitud”.

Observa:

NCF_Dom

Para conocer el estado de tu solicitud de NCF, accede al portal virtual y selecciona “Consultas”, luego dirígete a “Solicitudes de comprobantes”. La DGII responderá a tu solicitud en un plazo de 24 horas.

Observa:

consultar

📢 Importante

  • Podrás renovar tus secuencias de comprobantes siempre que hayas reportado previamente los NCF del mismo tipo, utilizando los formatos de envío de información correspondientes. No es necesario esperar a que se agote toda la secuencia del número de comprobante fiscal para realizar una nueva solicitud.
  • También puedes solicitar el número de comprobante fiscal de forma presencial, presentando los siguientes documentos en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la administración local correspondiente:
    • Formulario de Solicitud de Asignación de Números de Comprobantes Fiscales FI-GDF-015 completado y firmado. En el caso de las personas jurídicas, este formulario debe estar además sellado.
    • Documento de autorización (si es una Persona Física) o Carta de autorización debidamente timbrada, firmada y sellada (si es una Persona Jurídica), en caso de que la solicitud sea realizada por un apoderado o representante.
    • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del apoderado o representante (aplica en caso de ser un representante o apoderado que realice la solicitud).
    La DGII responderá tu solicitud tu solicitud en un plazo de 10 días laborables.

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