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¿Cómo solicitar autorización para emitir comprobantes fiscales? - República Dominicana

A partir de la Ley 32-23, todos los contribuyentes que deseen emitir comprobantes fiscales electrónicos deben cumplir con un proceso actualizado que incluye registro, certificado digital y certificación técnica. Estas secuencias están formadas por: serie + tipo de comprobante + secuencia.

📢 Los nuevos contribuyentes deberán solicitar la autorización a la DGII para emitir comprobantes fiscales. Este proceso solo se realiza una vez. 

👉 Índice

  1. 🖥️ ¿Cómo solicitar la autorización para emitir comprobantes fiscales?
  2. ⚙️ ¿En qué consiste el proceso de certificación técnica para emitir NCF electrónicos?
  3. 🔍 ¿Cómo consultar el estado y la respuesta de la solicitud?
  4. ⏳ ¿Cuáles son los tiempos de espera para la autorización?
  5. 📅 ¿Cuál es el calendario según tipo de contribuyente para implementar la facturación electrónica?

🖥️ ¿Cómo solicitar la autorización para emitir comprobantes fiscales?

👤 Si eres un contribuyente nuevo (recién registrado)

Debes solicitar el Alta de Comprobantes Fiscales. Este proceso se realiza una sola vez y habilita tu RNC para emitir comprobantes.

🔹 Por Oficina Virtual (OFV)

1. Ingresa a la Oficina Virtual de la DGII > Autentícate con tu usuario y clave.

2. Ve a Solicitudes > Solicitar Trámites > Solicitud de Alta de Comprobantes Fiscales > Completa el formulario > Enviar.

3. Conserva el número de caso para hacer seguimiento a tu solicitud.

Observa:


🔎 Ver Guía Completa de la DGII.

🔹 De manera presencial

Dirígete al Centro de Asistencia Presencial de la sede central o al área de información de la Administración Local más cercana y deposita los siguientes documentos:

  • Formulario de Solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales FI-GCF-009 completado y firmado (sellado si es persona jurídica).
  • Copia de la cédula de identidad y electoral del solicitante, por ambos lados (solo personas físicas).
  • Documentos que validen la actividad económica: facturas, contratos, cotizaciones, contrato de alquiler, matrícula de vehículos, carné de colegiatura u otros según corresponda.

📍 Nota: El tiempo estimado para recibir la respuesta es de 5 días laborables.

🔄 Si ya eres contribuyente activo

Puedes solicitar tus comprobantes (NCF) directamente desde la Oficina Virtual, sin necesidad de hacer el proceso de Alta nuevamente.

🔹 Por Oficina Virtual (OFV)
  1. Ingresa a la Oficina Virtual de la DGII y autentícate con tu usuario y clave.
  2. Ve a Solicitudes > Comprobantes y realiza la solicitud indicando la fecha de vencimiento y el rango de NCF que utilizarás.

🔗 Solicita tus NCF para generar tus comprobantes fiscales, electrónicos o tradicionales.

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⚙️ ¿En qué consiste el proceso de certificación técnica para emitir NCF electrónicos?

Una vez aprobada la solicitud, el contribuyente debe completar la certificación técnica en la DGII. Incluye pruebas de emisión de comprobantes electrónicos para asegurar que el sistema cumpla con los estándares de la DGII. Este paso es obligatorio antes de iniciar la emisión real de números de comprobantes fiscales (NCF) electrónicos.

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    🔍 ¿Cómo consultar el estado y la respuesta de la solicitud?

    🔹 Opción 1

    En el menú de Consultas > Estatus de Solicitudes > En el campo Estatus podrás ver el estado de tu solicitud. 

    🔹 Opción 2
    1. En el menú de Solicitudes > Selecciona Solicitar Trámites, allí verás el estado en el campo ESTATUS.

    2. Una vez concluida la solicitud, consulta la respuesta en Mensajes > Buzón > Respuesta a solicitud de Alta de Comprobantes Fiscales.

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    ⏳ ¿Cuáles son los tiempos de espera para la autorización?

    • solicitudes virtuales: aproximadamente 1 día laborable
    • solicitudes presenciales: hasta 10 días laborables

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    📅 ¿Cuál es el calendario según tipo de contribuyente para implementar la facturación electrónica?

    • la DGII establece un calendario de implementación de facturación electrónica según sector económico o tipo de contribuyente.
    • consulta el calendario oficial para conocer los plazos específicos y cumplir con la emisión obligatoria en tu categoría: Calendario DGII.

    📌 Nota: La solicitud de autorización solo se realiza una vez. Cualquier cambio en la información del contribuyente, como actividad económica o representante legal, puede requerir actualizar la autorización.

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