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¿Cómo crear y aplicar retenciones en Alegra? - República Dominicana

La retención es el recaudo y pago anticipado de un impuesto que realiza un agente retenedor designado por el ente fiscal.

👉 Índice

  1. 👉 ¿Cómo crear nuevas retenciones?

  2. ✏️ ¿Cómo editar retenciones creadas?

  3. 🔄 ¿Cómo cambiar las retenciones aplicadas a un documento existente?

  4. 📌 ¿Cómo aplicar retenciones a tus documentos?
    1. ¿Cómo aplicarlas desde una factura de compra?

    2. ¿Cómo aplicarlas desde un pago?

    3. ¿Qué ocurre en documentos E41?

👉 ¿Cómo crear nuevas retenciones?

1. Ve a Configuración > Impuestos > Retenciones > Nueva retención.

3. Completa el formulario:

  • Nombre de la retención: para identificarla fácilmente.
  • Porcentaje: ingresa el valor de la retención.
  • Tipo de retención: selecciona a qué corresponde (ej. compras, IVA, fuente).
  • Descripción: opcional.
  • Configuración contable: selecciona las cuentas contables.

    4. Haz clic en Guardar.

    Observa: 

    DOM_AC_Crear retenciones

    🔴 ¿Cómo configurar la retención del 15% por pagos al exterior — Ley 30-26?

    Desde el 18 de junio de 2026, la Ley 30-26 redujo la retención de ISR sobre pagos al exterior por concepto de licencias de software, publicidad digital y almacenamiento de datos del 27% al 15%.

    Si tu empresa paga mensualmente herramientas como Google Workspace, Adobe, Meta Ads o AWS a un proveedor extranjero, debes configurar esta retención en Alegra y aplicarla en cada pago.

    📢 Importante: Esta retención aplica exclusivamente en transacciones empresa dominicana → proveedor extranjero. No aplica a suscripciones personales de ciudadanos a plataformas digitales.

    ¿A qué pagos aplica el 15%?
    ✅ Aplica (15%) ❌ No aplica
    Google Workspace, Microsoft 365 (licencia) Compra definitiva de software con transferencia de propiedad
    Adobe Creative Cloud, Canva Pro Suscripciones personales (Netflix, Spotify, etc.)
    Google Ads, Meta Ads, TikTok Ads Pagos a proveedores extranjeros por otros servicios generales (sigue 27%)
    AWS, Dropbox, almacenamiento en la nube  
    Regalías y derechos de autor a no residentes  

    💡 AlegraTip: Aunque el proveedor extranjero te emita la factura por el monto completo, legalmente debes retener el 15% y pagarlo a la DGII. Al proveedor le pagas solo el 85% del valor. Coordina esto con tu asesor fiscal para el manejo de la diferencia.

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    ✏️ ¿Cómo editar retenciones creadas?

    1. Dirígete al menú Configuración > Impuestos > Retenciones.

    2. Selecciona la retención y haz clic en Editar.

    3. Modifica los datos o cambia las cuentas contables.

    4. Haz clic en Guardar.

    📍 Nota
    • Si la retención ya tiene movimientos, solo podrás modificar su configuración contable.

    • Podrás desactivarla o eliminarla siempre que no tenga movimientos asociados.

    Observa: 

    DOM_AC_Editar retenciones


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    🔄 ¿Cómo cambiar las retenciones aplicadas a un documento existente?

    Si ya aplicaste una retención en un documento y necesitas modificarla, el procedimiento depende del estado y el tipo de documento.

    • 📄 Factura de venta o proveedor en borrador
    1. Ve a Ingresos o Gastos > Busca la factura > Haz clic en Editar.

    2. En Retenciones, puedes:
      1. Agregar una nueva retención.
      2. Quitar una retención existente (🗑️).
      3. Cambiar el valor si es editable
    3. Haz clic en Guardar.

    • ✅ e-CF ya enviado a la DGII

    Una vez aprobado el e-CF por la DGII, no puedes modificar las retenciones directamente:

    • 💲 Pago recibido con retenciones
    1. Ve a Ingresos > Pagos recibidos > Busca el pago > Haz clic en Editar.

    2. En Facturas por cobrar, ubica Retenciones > haz clic en  ✏️.

    3. Modifica las retenciones > Guardar.

    📍 Los cambios en retenciones de pagos se reflejan automáticamente en tus Formatos 606 (compras) y 607 (ventas) del período correspondiente, así que conviene hacerlos antes de generar el reporte. 

    • 📄 e-CF de compras (E-41) con retenciones aplicadas
      • Retención incluida en el e-CF al enviarlo a la DGII (ISR, ITBIS retenido): no se puede modificar. Debes emitir una nota de crédito o débito de ajuste según corresponda.
      • Retención agregada después del envío a la DGII (sobre el gasto registrado en Alegra): ve a Más acciones > Editar retenciones.

    💡 AlegraTip: Revisa siempre las retenciones antes de enviar un e-CF a la DGII. Corregirlas después requiere documentos adicionales y puede afectar los Formatos 606 y 607 del mes.

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    📌 ¿Cómo aplicar retenciones a tus documentos?

    Retención en la factura de proveedor

    1. Crea una factura de proveedor.

    2. Luego, ubica Más acciones → Editar retenciones.

    Observa: 

    DOM_AC_Retenciones en f de prov

    📍 Ten en cuenta
    • Solo podrás hacerlo si la factura no está pagada en su totalidad.

    • El asiento contable de la retención quedará en la factura de proveedor, con la fecha de la factura.

    • En el detalle de la factura se mostrará el nombre de la retención aplicada.

    Retención desde el pago

    Si prefieres aplicar la retención al momento del pago:

    1.  Ve a Gastos → Pagos / gastos.

    2. Crea un nuevo pago y asócialo a la factura.

    3. Haz clic en Agregar retención y selecciona la que corresponda.

    4. Guarda el pago.

    Observa: 

    DOM_AC_Retencion en pagos

    📍 Ten en cuenta
    • Una vez añadida desde el pago, la factura ya no mostrará la opción de Editar retenciones.

    • La retención quedará registrada en el asiento contable del pago, con la fecha del pago, no la de la factura. 

    Retenciones en documentos E41

    • Solo pueden aplicarse en la creación del documento.

    • Quedan registradas con la fecha del documento.

    • No se pueden editar después de emitidas.

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