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Contingencias técnicas: ¿qué hacer si no puedes emitir facturas electrónicas en República Dominicana?

La facturación electrónica es obligatoria para muchas empresas en República Dominicana, y su cumplimiento está regulado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Sin embargo, pueden presentarse situaciones imprevistas —como fallas técnicas, cortes de energía o problemas de conexión— que impidan emitir los comprobantes electrónicos a tiempo.

Para estos casos, la DGII ha establecido procedimientos de contingencia que garantizan la continuidad operativa del negocio sin incumplir la normativa tributaria.

👉 Índice

  1. ¿Qué se considera una contingencia técnica?
  2. Normas aplicables según la DGII.
  3. ¿Qué hacer durante la contingencia?
  4. Emisión posterior de comprobantes electrónicos.
  5. ¿Qué pasa con las ventas a crédito y el libro de ventas?
  6. Consejos para evitar sanciones.

1️⃣ ¿Qué se considera una contingencia técnica?

Según las disposiciones de la DGII, una contingencia ocurre cuando el contribuyente no puede emitir o transmitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) por causas ajenas a su control, como:

  • Fallas del sistema de facturación o servidor.

  • Problemas de conexión con la DGII.

  • Corte de energía o pérdida de internet.

  • Mantenimiento o actualizaciones no planificadas.

En estos casos, la empresa debe aplicar un procedimiento temporal que le permita seguir facturando sin perder el respaldo fiscal de las operaciones.

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2️⃣ Normas aplicables según la DGII

El marco normativo que regula las contingencias está establecido principalmente en:

  • Norma General 05-2019: sobre el uso de comprobantes fiscales electrónicos.

  • Guía técnica de facturación electrónica DGII: que incluye pautas específicas sobre contingencias y emisión posterior.

Estas normas permiten utilizar comprobantes fiscales ordinarios (CF) de forma temporal mientras se restablece el sistema.

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3️⃣ ¿Qué hacer durante la contingencia?

Durante el periodo de contingencia, la empresa debe:

  • ✅ Emitir comprobantes fiscales ordinarios (CF) en papel o desde sistemas auxiliares autorizados, indicando claramente que corresponden a una contingencia. 
  • ✅ Mantener un registro manual o digital de las operaciones realizadas (libro de ventas provisional).
  • ✅ Reportar la contingencia a la DGII si se extiende por más de 24 horas o afecta la transmisión de varios comprobantes.
  • ✅ Garantizar la trazabilidad: cada comprobante físico debe poder vincularse posteriormente con su equivalente electrónico.

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4️⃣ Emisión posterior de comprobantes electrónicos

Una vez solucionada la falla técnica:

  1. Debes emitir los e-CF correspondiente con la fecha real de la transacción y referencia al comprobante utilizado durante la contingencia.

  2. El sistema debe transmitir los comprobantes a la DGII dentro del plazo máximo permitido.

  3. Es importante conservar los comprobantes físicos y los reportes manuales para auditorías futuras.

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5️⃣ ¿Qué pasa con las ventas a crédito y el libro de ventas?

  • Si las ventas se realizaron a crédito, pueden registrarse normalmente en el libro de ventas, indicando que fueron emitidas bajo contingencia.

  • El libro de ventas debe reflejar todas las operaciones realizadas, sean electrónicas o no, asegurando que no existan diferencias con los reportes enviados a la DGII.

  • Una vez regularizado el sistema, los comprobantes electrónicos deben reemplazar los CF físicos y mantener la correlación documental.

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6️⃣ Consejos para evitar sanciones

🔹 Mantener un plan de respaldo o “fallback” aprobado por la DGII.

🔹 Evitar retrasos prolongados en la emisión electrónica tras la contingencia.

🔹 No reutilizar ni duplicar numeración de comprobantes.

🔹 Asegurarse de que los reportes manuales coincidan con los registros electrónicos.

💡 Recomendación: En Alegra, el sistema guarda automáticamente los comprobantes pendientes de envío y los transmite a la DGII cuando el servicio se restablece, evitando pérdida de información o errores de duplicidad.

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