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Contingencias técnicas: ¿qué hacer si no puedes emitir facturas electrónicas en República Dominicana?

La facturación electrónica es obligatoria para muchas empresas en República Dominicana, y su cumplimiento está regulado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Sin embargo, pueden presentarse situaciones imprevistas —como fallas técnicas, cortes de energía o problemas de conexión— que impidan emitir los comprobantes electrónicos a tiempo.

Para estos casos, la DGII ha establecido procedimientos de contingencia que garantizan la continuidad operativa del negocio sin incumplir la normativa tributaria.

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👉 Índice

  1. 💡 ¿Qué se considera una contingencia técnica?
  2. 📜  Normas aplicables según la DGII.
  3. 🛠️ ¿Qué hacer durante la contingencia?
  4. 📄 Emisión posterior de comprobantes electrónicos.
  5. 💳 ¿Qué pasa con las ventas a crédito y el libro de ventas?
  6. ⚠️ Consejos para evitar sanciones.

1. 💡 ¿Qué se considera una contingencia técnica?

Según las disposiciones de la DGII, una contingencia ocurre cuando el contribuyente no puede emitir o transmitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) por causas ajenas a su control, como:

  • Fallas del sistema de facturación o servidor.

  • Problemas de conexión con la DGII.

  • Corte de energía o pérdida de internet.

  • Mantenimiento o actualizaciones no planificadas.

En estos casos, la empresa debe aplicar un procedimiento temporal que le permita seguir facturando sin perder el respaldo fiscal de las operaciones.

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2. 📜 Normas aplicables según la DGII

El marco normativo que regula las contingencias está establecido principalmente en:

  • Norma General 05-2019: sobre el uso de comprobantes fiscales electrónicos.

  • Guía técnica de facturación electrónica DGII: que incluye pautas específicas sobre contingencias y emisión posterior.

Estas normas permiten utilizar comprobantes fiscales ordinarios (CF) de forma temporal mientras se restablece el sistema.

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3. 🛠️ ¿Qué hacer durante la contingencia?

Durante el periodo de contingencia, la empresa debe:

  • ✅ Emitir comprobantes fiscales ordinarios (CF) en papel o desde sistemas auxiliares autorizados, indicando claramente que corresponden a una contingencia. 
  • ✅ Mantener un registro manual o digital de las operaciones realizadas (libro de ventas provisional).
  • ✅ Reportar la contingencia a la DGII si se extiende por más de 24 horas o afecta la transmisión de varios comprobantes.
  • ✅ Garantizar la trazabilidad: cada comprobante físico debe poder vincularse posteriormente con su equivalente electrónico.

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4. 📄 Emisión posterior de comprobantes electrónicos

Una vez solucionada la falla técnica:

  1. Debes emitir los e-CF correspondiente con la fecha real de la transacción y referencia al comprobante utilizado durante la contingencia.

  2. El sistema debe transmitir los comprobantes a la DGII dentro del plazo máximo permitido.

  3. Es importante conservar los comprobantes físicos y los reportes manuales para auditorías futuras.

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5. 💳 ¿Qué pasa con las ventas a crédito y el libro de ventas?

  • Si las ventas se realizaron a crédito, pueden registrarse normalmente en el libro de ventas, indicando que fueron emitidas bajo contingencia.

  • El libro de ventas debe reflejar todas las operaciones realizadas, sean electrónicas o no, asegurando que no existan diferencias con los reportes enviados a la DGII.

  • Una vez regularizado el sistema, los comprobantes electrónicos deben reemplazar los CF físicos y mantener la correlación documental.

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6. ⚠️ Consejos para evitar sanciones

🔹 Mantener un plan de respaldo o fallback aprobado por la DGII.

🔹 Evitar retrasos prolongados en la emisión electrónica tras la contingencia.

🔹 No reutilizar ni duplicar numeración de comprobantes.

🔹 Asegurarse de que los reportes manuales coincidan con los registros electrónicos.

💡 Recomendación: En Alegra, el sistema guarda automáticamente los comprobantes pendientes de envío y los transmite a la DGII cuando el servicio se restablece, evitando pérdida de información o errores de duplicidad.

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