Contingencias técnicas: ¿qué hacer si no puedes emitir facturas electrónicas en República Dominicana?
La facturación electrónica es obligatoria para muchas empresas en República Dominicana, y su cumplimiento está regulado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Sin embargo, pueden presentarse situaciones imprevistas —como fallas técnicas, cortes de energía o problemas de conexión— que impidan emitir los comprobantes electrónicos a tiempo.
Para estos casos, la DGII ha establecido procedimientos de contingencia que garantizan la continuidad operativa del negocio sin incumplir la normativa tributaria.
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👉 Índice
- 💡 ¿Qué se considera una contingencia técnica?
- 📜 Normas aplicables según la DGII.
- 🛠️ ¿Qué hacer durante la contingencia?
- 📄 Emisión posterior de comprobantes electrónicos.
- 💳 ¿Qué pasa con las ventas a crédito y el libro de ventas?
- ⚠️ Consejos para evitar sanciones.
1. 💡 ¿Qué se considera una contingencia técnica?
Según las disposiciones de la DGII, una contingencia ocurre cuando el contribuyente no puede emitir o transmitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) por causas ajenas a su control, como:
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Fallas del sistema de facturación o servidor.
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Problemas de conexión con la DGII.
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Corte de energía o pérdida de internet.
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Mantenimiento o actualizaciones no planificadas.
En estos casos, la empresa debe aplicar un procedimiento temporal que le permita seguir facturando sin perder el respaldo fiscal de las operaciones.
2. 📜 Normas aplicables según la DGII
El marco normativo que regula las contingencias está establecido principalmente en:
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Norma General 05-2019: sobre el uso de comprobantes fiscales electrónicos.
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Guía técnica de facturación electrónica DGII: que incluye pautas específicas sobre contingencias y emisión posterior.
Estas normas permiten utilizar comprobantes fiscales ordinarios (CF) de forma temporal mientras se restablece el sistema.
3. 🛠️ ¿Qué hacer durante la contingencia?
Durante el periodo de contingencia, la empresa debe:
- ✅ Emitir comprobantes fiscales ordinarios (CF) en papel o desde sistemas auxiliares autorizados, indicando claramente que corresponden a una contingencia.
- ✅ Mantener un registro manual o digital de las operaciones realizadas (libro de ventas provisional).
- ✅ Reportar la contingencia a la DGII si se extiende por más de 24 horas o afecta la transmisión de varios comprobantes.
- ✅ Garantizar la trazabilidad: cada comprobante físico debe poder vincularse posteriormente con su equivalente electrónico.
4. 📄 Emisión posterior de comprobantes electrónicos
Una vez solucionada la falla técnica:
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Debes emitir los e-CF correspondiente con la fecha real de la transacción y referencia al comprobante utilizado durante la contingencia.
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El sistema debe transmitir los comprobantes a la DGII dentro del plazo máximo permitido.
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Es importante conservar los comprobantes físicos y los reportes manuales para auditorías futuras.
5. 💳 ¿Qué pasa con las ventas a crédito y el libro de ventas?
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Si las ventas se realizaron a crédito, pueden registrarse normalmente en el libro de ventas, indicando que fueron emitidas bajo contingencia.
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El libro de ventas debe reflejar todas las operaciones realizadas, sean electrónicas o no, asegurando que no existan diferencias con los reportes enviados a la DGII.
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Una vez regularizado el sistema, los comprobantes electrónicos deben reemplazar los CF físicos y mantener la correlación documental.
6. ⚠️ Consejos para evitar sanciones
🔹 Mantener un plan de respaldo o fallback aprobado por la DGII.
🔹 Evitar retrasos prolongados en la emisión electrónica tras la contingencia.
🔹 No reutilizar ni duplicar numeración de comprobantes.
🔹 Asegurarse de que los reportes manuales coincidan con los registros electrónicos.
💡 Recomendación: En Alegra, el sistema guarda automáticamente los comprobantes pendientes de envío y los transmite a la DGII cuando el servicio se restablece, evitando pérdida de información o errores de duplicidad.
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